Si llevas la contabilidad de una empresa o eres contador en Ecuador, hay un anexo que aparece puntualmente en tu calendario y que, mal armado, te hace perder horas cuadrando cifras que "no dan": el ATS, o Anexo Transaccional Simplificado. Es uno de los reportes que más consultas y correcciones genera cerca de cada vencimiento, porque cruza toda tu operación —compras, ventas, retenciones y comprobantes anulados— con lo que ya declaraste en tus formularios.
En esta guía te explicamos, en lenguaje claro y con tuteo profesional, qué es el ATS, quiénes están obligados a presentarlo, qué información contiene, cómo se genera el archivo XML que se carga en el DIMM, cuándo se presenta y cuáles son los errores más comunes que hacen que el anexo cuadre mal o sea rechazado. Al final verás cómo un software contable hecho para Ecuador arma el ATS solo, a partir de los comprobantes que ya emitiste y recibiste.
Nota de vigencia: el SRI actualiza periódicamente las resoluciones sobre obligatoriedad, estructura del anexo, umbrales y plazos del ATS. Los calendarios (por noveno dígito del RUC), los umbrales de obligación y la periodicidad dependen de la normativa vigente y del régimen en el que estés inscrito. Verifica siempre los detalles del ejercicio en curso en sri.gob.ec o con tu contador. Aquí explicamos el qué y el cómo, que se mantienen estables en el tiempo.
¿Qué es el ATS (Anexo Transaccional Simplificado)?
El Anexo Transaccional Simplificado (ATS) es un reporte que ciertos contribuyentes deben presentar al Servicio de Rentas Internas (SRI) con el detalle de sus transacciones de un período: las compras (adquisiciones de bienes y servicios con sus retenciones), las ventas (comprobantes emitidos), las exportaciones cuando aplican y los comprobantes anulados.
Dicho de otra forma: mientras el Formulario 104 (IVA) y el Formulario 103 (retenciones en la fuente del IR) declaran totales, el ATS entrega al SRI el detalle transacción por transacción que sustenta esos totales. Por eso el ATS y los formularios tienen que cuadrar entre sí: son dos vistas de la misma realidad.
El ATS le sirve al SRI para cruzar información entre contribuyentes (lo que uno declara como venta, otro debería declararlo como compra), detectar inconsistencias y pre-llenar declaraciones. A ti, bien llevado, te da un respaldo ordenado de toda tu operación y te obliga a tener la contabilidad al día.
¿Qué información contiene el ATS?
A grandes rasgos, el anexo agrupa la información en secciones:
- Compras / adquisiciones: proveedor (con su identificación), tipo de comprobante, base imponible por tarifa de IVA, IVA, y las retenciones de IR e IVA que le practicaste.
- Ventas: comprobantes emitidos, identificación del cliente (o ventas a consumidor final agrupadas según la norma), bases e IVA por tarifa, y las retenciones que te practicaron cuando corresponde.
- Exportaciones: cuando realizas ventas al exterior, con su tratamiento específico.
- Anulados: los comprobantes que emitiste y luego anulaste, para que el SRI sepa que ese secuencial no representa una operación válida.
Como agente de retención, el ATS también consolida el resumen de las retenciones que efectuaste en el período.
¿Quiénes están obligados a presentar el ATS?
La obligación de presentar el ATS no es para todos los contribuyentes: depende del tipo de contribuyente, del régimen y de umbrales que fija el SRI. En términos generales, suelen estar obligados:
- Las sociedades (compañías) y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad.
- Los agentes de retención.
- Contribuyentes especiales y otros grupos que la normativa designe.
La periodicidad también depende de tu caso: algunos contribuyentes presentan el ATS de forma mensual y otros de forma semestral, según lo que establezca la resolución vigente para su categoría.
Importante: quién está obligado, con qué periodicidad y a partir de qué umbral cambia por resolución del SRI. Si acabas de constituir tu empresa, cambiaste de régimen o te designaron agente de retención, confirma tu obligación específica de ATS —y su frecuencia— en el SRI o con tu contador. No asumas por analogía con otro contribuyente.
¿Y el "ATS en cero"?
Una duda muy frecuente: si en el período no tuviste transacciones que reportar, ¿igual presentas el ATS? En muchos casos, cuando existe la obligación de presentar el anexo, hay que presentarlo aunque sea "en cero" (sin movimientos), para no incurrir en una omisión. Si en ese mismo período tampoco tenías movimiento de IVA, revisa cómo se relaciona con tu declaración del 104. Confirma en la normativa vigente si tu caso exige presentar el ATS en cero o si estás exento ese período.
Cómo se genera el XML del ATS para el DIMM
El ATS no se presenta "a mano" llenando pantallas: se sube como un archivo XML a través del DIMM (el sistema de la administración tributaria para anexos), que valida su estructura y lo transmite al SRI. El flujo típico es este:
- Reúnes la información del período: todas tus compras con sus retenciones, tus ventas, exportaciones y anulados.
- Generas el archivo XML con la estructura oficial que exige el SRI (etiquetas, campos obligatorios, formatos de identificación, códigos de sustento, tipos de comprobante, códigos de retención, etc.).
- Cargas el XML en el DIMM Anexos, que valida la estructura y el contenido. Si hay errores, el DIMM te los marca para corregir.
- Envías el anexo una vez que pasa la validación, dentro del plazo que corresponde a tu noveno dígito del RUC según el calendario vigente.
- Guardas el comprobante de la presentación (talón/recibo) como respaldo.
El punto delicado es el paso 2: armar el XML con la estructura correcta y con datos coherentes con tus formularios. Un solo campo mal codificado (un tipo de comprobante equivocado, un código de retención que no corresponde, una identificación mal formateada) hace que el DIMM rechace el archivo o que el anexo no cuadre con el 103/104.
El ATS tiene que cuadrar con tus formularios
Esta es la regla de oro del ATS: el detalle del anexo debe coincidir con los totales que declaraste.
- El IVA en ventas y compras del ATS debe cuadrar con tu Formulario 104.
- Las retenciones en la fuente de IR del ATS deben cuadrar con tu Formulario 103.
- Las retenciones de IVA reportadas deben ser consistentes con lo declarado.
Si ajustas un asiento, corriges una factura o registras una retención después de haber declarado, el ATS cambia —y por eso conviene poder regenerarlo cuantas veces haga falta hasta que todo cuadre.
Plazos del ATS: el calendario del noveno dígito
Como la mayoría de obligaciones tributarias en Ecuador, la fecha de presentación del ATS se determina por el noveno dígito del RUC: cada dígito tiene asignado un día de vencimiento en el calendario del SRI. Según tu periodicidad (mensual o semestral), el anexo de un período vence en el mes siguiente al cierre de ese período, en el día que te corresponda.
Verifica siempre: las fechas exactas por noveno dígito, la periodicidad de tu contribuyente y cualquier prórroga dependen del calendario tributario vigente. Consulta el calendario del SRI del año en curso o el recurso de calendario tributario de tu software antes de asumir una fecha.
Presentar fuera de plazo o no presentar un anexo obligatorio puede generar sanciones. Por eso conviene no dejar el ATS para el último día: si el DIMM rechaza el archivo por un error de estructura a las 11 de la noche del vencimiento, no te queda margen para corregir.
Errores comunes al hacer el ATS (y cómo evitarlos)
Estos son los tropiezos que más rechazos y descuadres generan:
- El ATS no cuadra con el 104 o el 103. Es el clásico: el detalle del anexo no coincide con los totales declarados. → Genera el ATS desde la misma contabilidad que alimenta tus formularios, no en una hoja aparte.
- Códigos de sustento o de retención equivocados. Usar el código de sustento del gasto o el porcentaje/código de retención que no corresponde a la operación. → Revisa que cada compra tenga su sustento y su retención bien codificados.
- Tipo de comprobante incorrecto. Registrar una liquidación como factura, o una nota de crédito como factura. → Clasifica cada comprobante por su tipo real.
- Identificaciones mal formateadas. RUC de 13 dígitos, cédula de 10, pasaporte: si van mal escritos o con el tipo de identificación equivocado, el DIMM rechaza. → Valida las identificaciones al registrar el contacto.
- Olvidar los comprobantes anulados. Un secuencial anulado que no se reporta como tal genera inconsistencias. → Incluye siempre los anulados del período.
- Retenciones registradas después de declarar. Cargas una retención tarde y el anexo ya no cuadra con el 103. → Regenera el ATS tras cualquier ajuste del período.
- Ventas a consumidor final mal agrupadas. No respetar las reglas de agrupación de ventas sin identificación. → Sigue el tratamiento que exige la estructura del anexo.
- Presentar sobre el vencimiento. Dejar el XML para el último día y que el DIMM lo rechace sin margen. → Arma y valida el anexo con días de anticipación.
Cómo un software automatiza el ATS (y por qué importa)
Armar el ATS "a mano" —exportando compras y ventas a una hoja de cálculo, codificando sustentos y retenciones uno por uno, y peleando con la estructura del XML— es justamente lo que hace que el anexo no cuadre y que llegues al vencimiento con estrés. Un software contable hecho para Ecuador convierte ese proceso en un clic, porque el ATS se alimenta solo de los comprobantes que ya registraste.
Con ContiFinanzas, el ATS funciona así:
- Se genera a partir de tu operación real: cada factura emitida, cada compra registrada, cada comprobante de retención y cada anulación ya está en el sistema, con su tipo de comprobante, sustento y códigos de retención. El anexo se arma con esa información, no la redigitas.
- Compras, ventas, exportaciones, anulados y resumen de retenciones salen consolidados con la estructura oficial del SRI, listos para el DIMM.
- XML listo para cargar en el DIMM, con las identificaciones, tipos de comprobante y códigos ya validados.
- Regenerable cuantas veces necesites, con versionado: ¿ajustaste un asiento del mes o cargaste una retención tarde? Regeneras el ATS y la versión anterior queda archivada. No hay mensajes de "ya existe, elimina primero": cada regeneración versiona a la anterior sin bloquear.
- Cuadra con tus formularios porque sale de la misma contabilidad que alimenta tu 104 y tu 103 —sin dobles digitaciones ni descuadres artificiales.
El resultado: menos correcciones, un anexo que cuadra con lo declarado y la tranquilidad de presentar en plazo, no de madrugada peleando con el DIMM.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué es el ATS y para qué sirve?
El Anexo Transaccional Simplificado (ATS) es un reporte con el detalle de tus compras, ventas, exportaciones, retenciones y comprobantes anulados de un período, que ciertos contribuyentes presentan al SRI. Le sirve al SRI para cruzar información y sustenta los totales que declaras en los formularios 103 y 104.
¿Quiénes están obligados a presentar el ATS?
Generalmente las sociedades, las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, los agentes de retención y otros grupos que designe la normativa, con periodicidad mensual o semestral según el caso. Quién está obligado y con qué frecuencia depende de la resolución vigente; confírmalo en el SRI.
¿Cómo se presenta el ATS?
Se genera un archivo XML con la estructura oficial del SRI y se carga en el DIMM Anexos, que valida y transmite el anexo. La presentación vence según el noveno dígito del RUC en el calendario tributario vigente.
¿Tengo que presentar el ATS aunque no haya tenido movimientos?
En muchos casos, si tienes la obligación de presentar el anexo, debes hacerlo aunque sea "en cero" para no incurrir en omisión. Confirma en la normativa vigente si tu caso exige el ATS en cero ese período.
¿Por qué mi ATS no cuadra con el Formulario 104?
Casi siempre porque el detalle del anexo y los totales declarados salen de fuentes distintas o hubo un ajuste posterior a la declaración. La solución es generar el ATS desde la misma contabilidad que alimenta tus formularios y regenerarlo tras cualquier corrección del período.
¿Puedo volver a generar el ATS si ajusto un asiento del mes?
Sí, y es lo recomendable. Cada vez que ajustas asientos, cargas una retención o corriges un comprobante, el anexo cambia. Un buen software permite regenerar el ATS del mismo período cuantas veces necesites, versionando la versión anterior.
Presenta tu ATS en regla, sin descuadres
El ATS bien armado no debería quitarte horas ni sustos: si sale de tu contabilidad real y cuadra con tus formularios, es un clic. La clave está en registrar bien tus comprobantes durante todo el mes —con su tipo, sustento y retención— y dejar que el sistema arme el XML por ti.
Con ContiFinanzas, el ATS se genera solo a partir de tus compras, ventas, retenciones y anulados, sale con la estructura oficial para el DIMM y es regenerable cuantas veces necesites hasta que todo cuadre.
Prueba gratis 1 mes — sin tarjeta. Registra tu operación, genera tu ATS y comprueba lo simple que es presentarlo en plazo y cuadrado con el SRI.
Contenido informativo. La obligatoriedad, periodicidad, umbrales, estructura del anexo y plazos del ATS dependen de la normativa y resoluciones del SRI vigentes; verifica siempre en sri.gob.ec o con tu contador antes de tomar decisiones tributarias.